Estado de sitio

El estado de sitio es un régimen de excepción que debe ser impuesto por el poder ejecutivo, en particular por el jefe de Estado, y con la autorización del órgano legislativo correspondiente a ejecutarlo. El estado de sitio representa un concepto equivalente al de estado de guerra, y por ello se dan a las fuerzas armadas facultades preponderantes para tomar medidas en consecuencia, suspendiendo ciertas garantías y derechos constitucionales si fuese necesario.[1]​ Durante el estado de sitio quedan en suspenso las garantías constitucionales, con mayor o menor extensión.

  1. ASALE, RAE-. «estado | Diccionario de la lengua española». «Diccionario de la lengua española» - Edición del Tricentenario. Consultado el 8 de noviembre de 2021.