Forma de Estado, organización territorial del Estado o modelo de organización territorial, son distintas expresiones usadas en textos legislativos o para expresar un concepto que hace referencia a las diversas formas de que los Estados pueden adoptar sobre la base de la relación o articulación que pretenden establecer entre sus tres elementos constitutivos.[1]
En función de ello se distinguen dos grandes grupos de formas, modelos u organizaciones territoriales del Estado (en los cuales jamás cabrá la concepción de dictadura o su equivalente democrático): El Estado unitario, donde pueblo, territorio y poder son homogéneos, uniformes y simples, y la relación entre ellos es unívoca y directa; y el Estado complejo, que expresa mediante la diversificación de su ordenamiento jurídico la heterogeneidad de los mismos tres elementos. Tipos de Estado complejo serían el Estado federal y el Estado confederal.
Las distintas formas de Estado regional y descentralizado son consideradas formas de Estado unitario, de Estado complejo, o intermedias entre uno y otro.[2] Otras clasificaciones diferencian Estado elemental (unitario o regional) de Estado compuesto (unión personal, unión real, Confederación o Federación);[3] o identifican "simple" con "unitario" y "complejo" con "compuesto".[4] Incluso hay autores que niegan la contraposición entre "unitario" y "federal". Las constituciones suelen referirse a la forma de organización territorial que determinan, aunque no siempre utilizando estos términos. Por ejemplo, la Constitución española de 1931 empleaba la expresión "Estado integral" para una forma de Estado, intermedia entre el unitario y el federal, que reconoce autonomías regionales;[5] mientras que la Constitución de 1978, muy similar en este aspecto, no utiliza ninguna denominación específica.[6]
Un concepto con el que "forma de Estado" confluye, y con el que tiene un alto grado de equivocidad, es con el de "forma de gobierno". Las tipologías clásicas de los "regímenes políticos" o "formas de gobierno" (principalmente monarquía/república, pero también aristocracia, democracia, tiranía, oligarquía y otras) también se suelen denominar "formas de Estado" en los textos políticos y filosóficos, aspectos que son temas totalmente distintos de comprensión.[7]
- ↑ «Tipos de Estado - Clasificación, características y ejemplos». https://concepto.de/. Consultado el 11 de febrero de 2024.
- ↑ Derecho constitucional general Materiales de ensenanza. UNMSM. 2004. ISBN 978-9972-45-172-0. Consultado el 11 de febrero de 2024.
- ↑ El Estado, sus funciones y órganos - Formas de organización del Estado, en Educación Cívica, Universidad de Chile. A diferencia de la "unión personal", propia de las monarquías del Antiguo Régimen y resultado de conjunciones dinásticas y de la concepción patrimonial de la soberanía (existen algunos casos en la Edad Contemporánea: Inglaterra y Hannover, Holanda y Luxemburgo, Bélgica y el Congo); la "unión real" supone una asociación voluntaria del pueblo y un orden jurídico federal superpuesto. Ejemplos de "unión real" son la Unión Sueco-Noruega (1815-1905) o la Unión Austro-Húngara (1867-1918). Enrique Serna Elizondo, Georges Burdeau, Tratado de ciencia política: El Estado. Las formas del Estado, UNAM, 1980, ISBN 9688374857, vol. 2, pg. 204
- ↑ Schmal, Raúl González (2007). Programa de derecho constitucional. Universidad Iberoamericana. ISBN 978-968-18-7097-3. Consultado el 11 de febrero de 2024.
- ↑ Díaz, Carlos Alberto Chernichero (2007). El Estado integral en la constitución de la II república: proceso político, sistema parlamentario y conflictos territoriales. Servicio Publicaciones UCA. ISBN 978-84-9828-146-0. Consultado el 11 de febrero de 2024.
- ↑ Landín, Manuel Gerpe (2002). Principios estructurales de la Constitucion española. Editorial UOC. ISBN 978-84-8429-617-1. Consultado el 11 de febrero de 2024.
- ↑ Principalmente, por el escaso grado de formalización en el lenguaje jurídico-político. La clara separación entre las formas de gobierno y las de Estado es un mérito del formalismo jurídico, que recogiendo la tradición de la Escuela de Derecho Natural de los siglos XVII y XVIII, delimitó los conceptos de pueblo, nación, Estado y gobierno (Raúl González, op. cit.) No es imposible que a veces se utilice por contracción lingüística ("forma de gobierno del Estado" y "forma política del Estado" en "forma del Estado" o "forma de Estado"). Uso bibliográfico de "forma de Estado", "formas de Estado", "forma del Estado", "forma política del Estado", "modelo de Estado", "modelos de Estado" "organización territorial del Estado"